arquitecto +

arq(itecto IEE CEE Albacete Informe de Evaluación de Edificios Certificado de Eficiencia Energética Inspección Técnica de Edificios Tasaciones Peritaje Informes Chequeo de Estructuras Mediciones Proyectos de Rehabilitación Obra Nueva

El chequeo de edificios se amplía y extiende a todas las localidades

LaTribunadeAlbacete.es 
MAITE MARTÍNEZ BLANCO - lunes, 23 de marzo de 2015



Hasta ahora, sólo los edificios de la capital con más de 50 años de antigüedad estaban obligados a pasar la ITE (Inspección Técnica de Edificios). En breve ese chequeo de edificios no solo se amplía y abarca también un estudio sobre la accesibilidad y la eficiencia energética, sino que además se extiende a todos los municipios.
La legislación autonómica impuso hace ya años la obligatoriedad de realizar inspecciones periódicas a las construcciones y edificaciones de más de medio siglo de antigüedad, pero delegaba en los ayuntamientos su regulación. En la provincia, solo la capital ha aprobado una ordenanza que regula estos controles, obligatorios apenas hace un par de años. En Almansa, su consistorio llegó a elaborar un borrador, pero en eso se quedó, no se llegó a aprobar normativa alguna.
Pues bien, ahora este chequeo de los edificios se extiende a todos los municipios y se impone sin necesidad de que los ayuntamientos aprueben su propia norma. Lo hace en virtud de una legislación estatal, promulgada por el Ministerio de Fomento, y que pronto se hará efectiva en Castilla-La Mancha en virtud de un reciente decreto publicado por la Junta de Comunidades en el que se regula lo que ahora se llama Informe de Evaluación de los Edificios (IEE) y el registro donde quedarán recogidos.
El Informe de Evaluación de los Edificios es un documento informativo, en el que un arquitecto o arquitecto técnico, realiza un examen completo de la construcción y comprueba además de las cuestiones relativas al estado de conservación del edificio, su nivel de accesibilidad y de eficiencia energética. A día de hoy, solo están obligados a contar con este informe aquellos propietarios que quieran solicitar subvenciones públicas destinadas a la mejora de estos tres aspectos (conservación, accesibilidad y eficiencia). Pero a partir del 2018, todos los edificios de más de 50 años tendrán que contar con este informe.  El calendario aprobado es gradual, «si no sería imposible de cumplir», opina el gerente del Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de la Edificación (COAATIE), Luis Martín. Los arquitectos técnicos aplauden, además, que en Castilla-La Mancha se haya extendido esta obligatoriedad a las viviendas unifamiliares puesto que sobre todo en municipios de tamaño medio y pequeño son mayoría.
«Esto no es una inspección-impuesto», proclama el presidente del Colegio de Arquitectos Técnicos, Eduardo Cuevas, que subrayó la importancia de «revisar las edificaciones y estudiar qué se puede mejorar de su seguridad o para no derrochar nuestra economía con una mala climatización». Cuevas, a la sazón responsable del servicio de bomberos de la capital, opinaba que las inspecciones que desde hace un par de años se están haciendo en Albacete en los edificios de más de 50 años seguro que se han traducido en una mejora en la seguridad, «el año pasado se cayeron menos cornisas, puede ser que sea porque hizo menos viento, pero también porque se han visto deficiencias en fachadas y cubiertas y se han corregido».
Como decimos, aquellos propietarios de edificaciones que quieran acceder a subvenciones para hacer reparaciones tendrán que adelantarse a los plazos y elaborar dicho informe..... Los requisitos y las cuantías de dichas subvenciones ya se conocen. De hecho, en el decreto que regula la creación del registro de Informes de Evaluación de Edificios se incluye además un aumento de las subvenciones.
La cuantía máxima de las subvenciones por edificio será de 12.500 euros por cada vivienda o por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local, cuantía que se amplía hasta los 13.750 euros cuando se trate de edificios declarados bienes de interés cultural, catalogados o protegidos. Las ayudas se desglosan en 2.500 euros para actuaciones de conservación; 2.500 euros para las mejoras de calefacción y refrigeración del edificio y 4.500 euros para las actuaciones de mejora de accesibilidad.
El reciente decreto, lo que ha hecho también es subir hasta el 50% del coste de las obras que se vayan a realizar como el límite de la ayuda a conceder, cuando la normativa estatal fija ese porcentaje en solo un 30%. Cuando se trate de accesibilidad, el coste subvencionable se amplía incluso hasta el 65%.

Ayudas para la rehabilitación de edificios y viviendas

ir a enlace


Plazo de presentación de solicitudes:   Hasta el 1 de octubre de 2016.

Objeto: Fomentar la rehabilitación edificatoria en Castilla-La Mancha mediante la subvención de actuaciones dirigidas a:

a) La conservación
b) La mejora de la calidad y sostenibilidad
c) Realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad,

Dentro de dos líneas diferenciadas:

·         Línea 1: Rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva, y
·         Línea 2: Rehabilitación de zonas privativas de las viviendas y edificios de una sola vivienda.
 

Destinatarios: En la Línea 1: Comunidades de vecinos, Agrupaciones de comunidades de vecinos, y Propietarios únicos de edificios de carácter predominantemente residencial.

Requisitos:

a)    Que los edificios estén finalizados antes de 1981.
b)    Que, al menos, el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda.
c)    Que, al menos, el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.
d)    Que el edificio cuente con el "Informe de Evaluación del Edificio", debidamente registrado. Para actuaciones de la línea 2 en edificios que no cuenten con IEE, informe que justifique que las obras suponen una mejora en el cumplimiento de las exigencias básicas de habitabilidad y seguridad del CTE y en actuaciones de calidad y sostenibilidad, Certificado de Eficiencia Energética.
e)    Cuando se trate de realizar ajustes razonables en materia de accesibilidad y/o mejorar la calidad y sostenibilidad del edificio, que sumen, como mínimo, 8 viviendas. Excepcionalmente menos, cuando se acometan también obras de conservación o cuando habiten personas con discapacidad o mayores de 65 años.
 
Importe:

Línea 1.- Por cada vivienda o por cada 100 m2 de local, (máximo = 12.500 € / viv-loc):

a)    2.500 € para conservación. Si simultáneamente se realizan actuaciones para la mejora de la calidad y  sostenibilidad, la ayuda de conservación se incrementará en 1.000 €, y en otros 1.000 € más, si además se ejecutan obras de accesibilidad.
b)    2.500 € para mejora de la calidad y sostenibilidad, cuando se reduzca en un 30% la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio, o de 5.500 € si se redujera un 50%.
c)    4.500 € para la mejora de la accesibilidad.

Estas cuantías podrán incrementarse en un 10% en BIC o edificio protegido.
La cuantía máxima por edificio: el 50% del coste subvencionable, en accesibilidad el 65%.

Línea 2.-

a)    1.500 euros para conservación.
b)    1.500 euros para mejora de la calidad y sostenibilidad.
c)    2.000 euros para mejora de la accesibilidad.

La cuantía máxima por vivienda: el 50% del coste subvencionable, en accesibilidad el 65%.

Criterios: Prelación temporal de solicitudes.

Documentación a aportar: Documentación que acredite la identidad del solicitante.

a)    Acuerdo de la comunidad o comunidades de propietarios, para realizar las obras y para solicitar las ayudas.
b)    Documentación que acredite la aceptación expresa de todos los propietarios para la realización de las obras.
c)    Copia del libro de familia a efectos de determinar los ingresos corregidos, en caso de que la unidad de convivencia sea una unidad familiar.
d)    Documentación que acredite la titularidad de los inmuebles y sus datos registrales.
Referencia catastral.
e)    Acreditación de la antigüedad de los inmuebles.
f)      Justificante de la presentación del Informe de Evaluación del Edificio (IEE) en el Registro de Informes de Evaluación de Edificios de Castilla-La Mancha. En el caso de ayudas incluidas únicamente en la línea 2, en edificios que no cuenten con IEE, informe suscrito por técnico competente, que justifica que las obras suponen una mejora en el cumplimiento de las exigencias básicas de habitabilidad y seguridad establecidas en el CTE.
g)    Proyecto o documentación técnica, que habrá sido presentada para solicitar la licencia urbanística o autorización administrativa que proceda. El presupuesto se presentará desglosado por actuaciones de conservación, calidad y sostenibilidad y accesibilidad, en los elementos comunes y/o en el interior de las viviendas en su caso.
h)     La licencia o autorizaciones municipales que sean precisas para la realización de la obra.
i)      Declaración responsable sobre las fechas de inicio de obras con posterioridad al 21 de julio de 2014 y finalización de las mismas anterior al 31 de diciembre de 2015.
j)      Documentación acreditativa de los honorarios de los técnicos intervinientes.
k)     Documentación acreditativa de los gastos derivados de la tramitación administrativa y otros gastos generales similares.
 
Lugar de presentación:

a)    Por vía telemática, cumplimentando el formulario correspondiente en la sede electrónica www.jccm.es
b)    En los Servicios Periféricos de la Consejería competente en materia de vivienda de la provincia donde se localice el edificio objeto del Informe de Evaluación.

c)    En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ayudas a la emisión del Informe de Evaluación del Edificio

ir a enlace

Plazo de presentación de solicitudes: Del Vie, 08 Mayo 2015 al Sáb, 15 Oct 2016
Objeto:  Impulsar la generalización del Informe de Evaluación de los Edificios en Castilla-La Mancha, mediante subvención de parte de los gastos correspondientes a los honorarios técnicos profesionales que supone su emisión.

Destinatarios: Comunidades de vecinos, Agrupaciones de comunidades de vecinos, y Propietarios únicos de edificios de carácter predominantemente residencial.

Requisitos: 

a)    Que se haya emitido Informe de Evaluación del Edificio por técnico competente.
b)    Que el edificio objeto del Informe esté situado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
c)    Que el Informe de Evaluación del Edificio se haya presentado en el Registro de informes de Evaluación de Edificios de Castilla-La Mancha para su inscripción en el mismo.

Importe: La cuantía máxima de la ayuda será de 40 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio y 40 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 1.000 euros ni el 50% del coste del informe por edificio.

Criterios: Prelación temporal de solicitudes.

Documentación a aportar: 

a)    Justificante de presentación del IEE en el Registro de Informes de Evaluación de Edificios de Castilla-La Mancha.
b)    Factura de honorarios del profesional o profesionales que ha emitido el informe. Justificante del pago, conforme a la Orden de 7 de mayo de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula la forma de acreditación del pago efectivo del gasto realizado en materia de subvenciones.
c)    Copia de la resolución de concesión de otras subvenciones para la misma finalidad, en su caso.

Lugar de presentación: 

a)    Por vía telemática, cumplimentando el formulario correspondiente en la sede electrónica www.jccm.es.
b)    En los Servicios Periféricos de la Consejería competente en materia de vivienda de la provincia donde se localice el edificio objeto del Informe de Evaluación.

c)    En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Decreto 11/2015, de 11/03/2015, por el que se regula el informe de evaluación de los edificios y se crea el Registro de Informes de Evaluación de los Edificios, en Castilla-La Mancha.

ir a enlace