Plazo
de presentación de solicitudes:
Hasta el 1 de octubre de 2016.
Objeto: Fomentar la rehabilitación edificatoria en Castilla-La Mancha mediante la subvención de actuaciones dirigidas a:
Objeto: Fomentar la rehabilitación edificatoria en Castilla-La Mancha mediante la subvención de actuaciones dirigidas a:
a) La conservación
b) La mejora de la calidad y sostenibilidad
c) Realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad,
Dentro de dos líneas diferenciadas:
·
Línea 1: Rehabilitación de edificios de
tipología residencial colectiva, y
·
Línea 2: Rehabilitación de zonas privativas
de las viviendas y edificios de una sola vivienda.
Destinatarios: En la Línea 1: Comunidades de vecinos, Agrupaciones de comunidades de vecinos, y Propietarios únicos de edificios de carácter predominantemente residencial.
Requisitos:
a) Que los edificios estén finalizados antes de 1981.
b) Que, al menos, el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso
residencial de vivienda.
c) Que, al menos, el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de
sus propietarios o arrendatarios.
d) Que el edificio cuente con el "Informe de Evaluación del
Edificio", debidamente registrado. Para actuaciones de la línea 2 en
edificios que no cuenten con IEE, informe que justifique que las obras suponen
una mejora en el cumplimiento de las exigencias básicas de habitabilidad y
seguridad del CTE y en actuaciones de calidad y sostenibilidad, Certificado de
Eficiencia Energética.
e)
Cuando se
trate de realizar ajustes razonables en materia de accesibilidad y/o mejorar la
calidad y sostenibilidad del edificio, que sumen, como mínimo, 8 viviendas.
Excepcionalmente menos, cuando se acometan también obras de conservación o
cuando habiten personas con discapacidad o mayores de 65 años.
Importe:
Línea 1.- Por cada vivienda o por cada 100 m2 de local, (máximo = 12.500 € /
viv-loc):
a) 2.500 € para conservación. Si simultáneamente se realizan actuaciones para
la mejora de la calidad y sostenibilidad,
la ayuda de conservación se incrementará en 1.000 €, y en otros 1.000 € más, si
además se ejecutan obras de accesibilidad.
b) 2.500 € para mejora de la calidad y sostenibilidad, cuando se reduzca en un
30% la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del
edificio, o de 5.500 € si se redujera un 50%.
c) 4.500 € para la mejora de la accesibilidad.
Estas cuantías podrán incrementarse en un 10% en BIC o edificio protegido.
La cuantía máxima por edificio: el 50% del coste subvencionable, en accesibilidad el 65%.
Línea 2.-
a) 1.500 euros para conservación.
b) 1.500 euros para mejora de la calidad y sostenibilidad.
c) 2.000 euros para mejora de la accesibilidad.
La cuantía máxima por vivienda: el 50% del coste subvencionable, en accesibilidad el 65%.
Criterios:
Prelación temporal de solicitudes.
Documentación
a aportar: Documentación que acredite la identidad
del solicitante.
a) Acuerdo de la comunidad o comunidades de propietarios, para realizar las
obras y para solicitar las ayudas.
b) Documentación que acredite la aceptación expresa de todos los propietarios
para la realización de las obras.
c) Copia del libro de familia a efectos de determinar los ingresos corregidos,
en caso de que la unidad de convivencia sea una unidad familiar.
d) Documentación que acredite la titularidad de los inmuebles y sus datos
registrales.
Referencia catastral.
Referencia catastral.
e) Acreditación de la antigüedad de los inmuebles.
f) Justificante de la presentación del Informe de Evaluación del Edificio
(IEE) en el Registro de Informes de Evaluación de Edificios de Castilla-La
Mancha. En el caso de ayudas incluidas únicamente en la línea 2, en edificios
que no cuenten con IEE, informe suscrito por técnico competente, que justifica
que las obras suponen una mejora en el cumplimiento de las exigencias básicas
de habitabilidad y seguridad establecidas en el CTE.
g) Proyecto o documentación técnica, que habrá sido presentada para solicitar
la licencia urbanística o autorización administrativa que proceda. El
presupuesto se presentará desglosado por actuaciones de conservación, calidad y
sostenibilidad y accesibilidad, en los elementos comunes y/o en el interior de
las viviendas en su caso.
h) La licencia o autorizaciones municipales que sean precisas para la
realización de la obra.
i) Declaración responsable sobre las fechas de inicio de obras con
posterioridad al 21 de julio de 2014 y finalización de las mismas anterior al
31 de diciembre de 2015.
j) Documentación acreditativa de los honorarios de los técnicos intervinientes.
k) Documentación acreditativa de los gastos derivados de la tramitación
administrativa y otros gastos generales similares.
Lugar
de presentación:
a) Por vía telemática, cumplimentando el formulario correspondiente en la sede
electrónica www.jccm.es
b) En los Servicios Periféricos de la Consejería competente en materia de
vivienda de la provincia donde se localice el edificio objeto del Informe de
Evaluación.
c) En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.