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Ayudas a la emisión del Informe de Evaluación del Edificio

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Plazo de presentación de solicitudes: Del Vie, 08 Mayo 2015 al Sáb, 15 Oct 2016
Objeto:  Impulsar la generalización del Informe de Evaluación de los Edificios en Castilla-La Mancha, mediante subvención de parte de los gastos correspondientes a los honorarios técnicos profesionales que supone su emisión.

Destinatarios: Comunidades de vecinos, Agrupaciones de comunidades de vecinos, y Propietarios únicos de edificios de carácter predominantemente residencial.

Requisitos: 

a)    Que se haya emitido Informe de Evaluación del Edificio por técnico competente.
b)    Que el edificio objeto del Informe esté situado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
c)    Que el Informe de Evaluación del Edificio se haya presentado en el Registro de informes de Evaluación de Edificios de Castilla-La Mancha para su inscripción en el mismo.

Importe: La cuantía máxima de la ayuda será de 40 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio y 40 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 1.000 euros ni el 50% del coste del informe por edificio.

Criterios: Prelación temporal de solicitudes.

Documentación a aportar: 

a)    Justificante de presentación del IEE en el Registro de Informes de Evaluación de Edificios de Castilla-La Mancha.
b)    Factura de honorarios del profesional o profesionales que ha emitido el informe. Justificante del pago, conforme a la Orden de 7 de mayo de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula la forma de acreditación del pago efectivo del gasto realizado en materia de subvenciones.
c)    Copia de la resolución de concesión de otras subvenciones para la misma finalidad, en su caso.

Lugar de presentación: 

a)    Por vía telemática, cumplimentando el formulario correspondiente en la sede electrónica www.jccm.es.
b)    En los Servicios Periféricos de la Consejería competente en materia de vivienda de la provincia donde se localice el edificio objeto del Informe de Evaluación.

c)    En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.